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VISTO: la solicitud de Habilitación de Funcionamiento Tipo B promovida por la firma MOLDES RUIBAL S.A., RUT.213961950018, para el local destinado a DEPÓSITO Y LOGÍSTICA en el padrón Nº47768, con frente a ruta Interbalnearia de la localidad catastral de Ciudad de la Costa;
RESULTANDO:
I) que la presente gestión se identificó como Habilitación de Funcionamiento Tipo B;
II) que en actuación 11 se anexa constancia de la Dirección Nacional de Bomberos, donde surge que el citado local se encuentra habilitado hasta el 19 de abril de 2027;
III) que la Unidad de Activación de la Empresa de Ciudad de la Costa y la Dirección de Gestión Territorial en actuaciones 24 y 26, informan que la presente se encuentra en condiciones de otorgar la habilitación de funcionamiento, en carácter precario, revocable y provisorio, al amparo del artículo 16 de la Reglamentación de Habilitación de Funcionamiento, Decreto 11/2020, Resolución 20/05516 y su Reglamentación de HF Resolución Nº20/07260, por el plazo de dos años (2), condicionado a la presentación del Permiso de Construcción Habilitado y sujeta a la vigencia de la documentación complementaria;
CONSIDERANDO: que la habilitación tendrá una validez por dos años (2), condicionado a la presentación del Permiso de Construcción Habilitado y sujeta a la vigencia de la documentación complementaria, según la normativa vigente y será con carácter precario, revocable y provisorio, sin derecho a indemnización alguna, quedando el establecimiento en cuestión sometido al estricto cumplimiento de lo establecido en las normas nacionales y/o departamentales vigentes y sus modificativas y concordantes;
ATENTO: a lo expuesto;
EN ACUERDO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN TERRITORIAL
EL INTENDENTE DE CANELONES
R E S U E L V E:
1.- OTORGAR Habilitación de Funcionamiento Tipo B provisoria para el local destinado a DEPÓSITO Y LOGÍSTICA, cuyo titular es la firma MOLDES RUIBAL S.A., RUT.213961950018, sito en el bien descrito en el proemio de la presente Resolución.
2.- CONCEDER dicha habilitación de funcionamiento, en carácter precario, revocable y provisorio, sin derecho a indemnización de especie o clase alguna, dos años (2), condicionado a la presentación del Permiso de Construcción Habilitado y sujeta a la vigencia de la documentación complementaria.
3.- SUPEDITAR la vigencia del acto de habilitación a la renovación de documentación que pudiere caducar en el período de habilitación.
4.- POR UNIDAD DE ACTIVACIÓN DE LA EMPRESA DE CIUDAD DE LA COSTA, se deberá:
a) notificar al titular del citado local o quien lo represente legalmente y al técnico patrocinante del contenido de la presente Resolución;
b) hacer entrega de copia de la misma, carpeta de planos y adhesivo con código QR dejando expresa constancia;
c) mantener en reserva para el control y cumplimiento de condiciones y plazos de vigencia.
5.- POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS, incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección General de Gestión Territorial, Dirección de Contralor, al Municipio de Ciudad de la Costa y siga a la Unidad de Activación de la Empresa (Bandeja 1330 Habilitación de Funcionamiento Tipo B) para prosecución de la gestión.
Resolución aprobada en Acta 24/00595 el 04/10/2024. |
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