|
|
|
VISTO: la solicitud de Habilitación de Funcionamiento Tipo B promovida por la firma COSTA DORADA SRL., RUT.210775100013, para PANADERÍA Y CONFITERÍA en el padrón N°8711, con frente a Avda. Giannattasio de la localidad catastral Ciudad de la Costa;
RESULTANDO:
I) que en actuación 1 del presente se anexa constancia de la Dirección Nacional de Bomberos, donde surge que el citado local se encuentra habilitado hasta el 11/07/2024;
II) que la Unidad de Activación de la Empresa de Ciudad de la Costa en actuaciones 4 y 16 informa que de acuerdo a la Normativa de Habilitación de Funcionamiento se identificó como Tipo B, migrándose al presente los expedientes 2016-81-1330-00411 de Habilitación Comercial, 2016-81-1330-02174 de CECOHA y 2017-81-1330-00451 de Habilitación Bromatológica y que con documentación vigente la presente se encuentra en condiciones de otorgar la habilitación de funcionamiento solicitada, en carácter precario y revocable, por el plazo de 4 años al amparo de la Ordenanza de Habilitación de Funcionamiento, Dto. 11/2020, Resolución 20/05516 y su Reglamentación, Resolución N°20/07260;
III) que es necesario confeccionar el acto resolutivo pertinente;
CONSIDERANDO: que la habilitación tendrá una validez por el plazo de 4 años según la normativa vigente y será con carácter precario, revocable, sin derecho a indemnización alguna, quedando el establecimiento en cuestión sometido al estricto cumplimiento de lo establecido en las normas nacionales y/o departamentales vigentes y sus modificativas y concordantes;
ATENTO: a lo expuesto;
EN ACUERDO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN TERRITORIAL
R E S U E L V E:
1.- OTORGAR Habilitación de Funcionamiento Tipo B para PANADERÍA Y CONFITERÍA cuyo titular es la firma COSTA DORADA SRL., RUT.210775100013, sito en el bien descrito en el proemio de la presente Resolución.
2.- CONCEDER dicha habilitación de funcionamiento en carácter precario y revocable, sin derecho a indemnización de especie o clase alguna, por el plazo de 4 años.
3.- SUPEDITAR la vigencia del acto de habilitación a la renovación de documentación que pudiere caducar en el período de habilitación.
4.- POR UNIDAD DE ACTIVACIÓN DE LA EMPRESA DE CIUDAD DE LA COSTA, se deberá:
a) notificar al titular del citado local o quien lo represente legalmente y al técnico patrocinante del contenido de la presente Resolución;
b) hacer entrega de copia de la misma, carpeta de planos y adhesivo con código QR dejando expresa constancia;
c) mantener en reserva para el control y cumplimiento de condiciones y plazos de vigencia.
5.- POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS, incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección General de Gestión Territorial, Dirección de Contralor y al Municipio de Ciudad de la Costa y siga a la Unidad de Activación de la Empresa (Bandeja 1330 Habilitación de Funcionamiento Tipo B) para prosecución de la gestión.
Resolución aprobada en Acta 22/00370 el 17/06/2022. |
Firmado electrónicamente por Yamandu Orsi |
Firmado electrónicamente por Francisco Legnani |
Firmado electrónicamente por Sergio Ashfield |
Firmado electrónicamente por Loreley Rodriguez |