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VISTO: la solicitud de Habilitación de Funcionamiento promovida por la Empresa CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA (CEDAE), R.U.T. Nº 020130490010, Giro Comercial COMERCIO CON ELABORACIÓN DE ALIMENTOS Y VENTA AL PÚBLICO (ROTISERÍA), ubicado en Calle José Batlle y Ordoñez Nº 664, Padrón Nº 589 (parte), de la localidad catastral de Canelones.
RESULTANDO:
I) que la Unidad de Activación de la empresa en actuación 17 informa que de acuerdo a la Normativa de Habilitación de Funcionamiento se identificó al establecimiento como Tipo A.
II) que el interesado ha cumplido con las formalidades de presentación instituida y documentación requerida para Habilitación de Funcionamiento Tipo A; cumpliendo además con los requisitos establecidos por el Decreto 14/016 de Junta Departamental y Decreto N° 72/2013.
III) que de acuerdo a lo actuado e informado por la Dirección General de Contralor Sanitario en actuación N° 17, la actividad en dicho local se encuentra en condiciones de otorgar la Habilitación de Funcionamiento solicitada, en los términos, condiciones y plazo que se indica.
IV) que el trámite ante la Dirección Nacional de Bomberos está vigente hasta el 02/06/2028.
V) que en función de lo actuado, la Dirección de Contralor Sanitario informa que corresponde confeccionar acto resolutivo para otorgar habilitación de funcionamiento provisoria al local de referencia por el termino de 4 años.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el Decreto N° 11/2020 de fecha 08/09/2020 de la Junta Departamental, Resolución N° 20/05516 de fecha 25/09/2020 y su Reglamentación dispuesta por Resolución N° 20/07260 de fecha 11/12/2020.
EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE CANELONES
R E S U E L V E:
1.-CONCEDER Habilitación de Funcionamiento Tipo A al local comercial cuyo titular es la Empresa CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA (CEDAE), R.U.T. Nº 020130490010, sito en el bien descrito en el proemio de la presente Resolución.
2.-OTORGAR dicha Habilitación de Funcionamiento, en carácter personal, precario, incedible y revocable, sin derecho a indemnización de especie o clase alguna, por el termino de 4 años, a partir de la fecha de la presente resolución.
3.-SUPEDITAR la vigencia del acto de habilitación a la renovación de documentación que pudiera caducar en el período de habilitación y al cumplimiento de lo establecido en el Resultando II de la presente.
4.-POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS y ACUERDOS, incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección Gral de Gestión Territorial, Dirección de Contralor y al Municipio de Canelones. Posteriormente siga a la Unidad de Activación de la Empresa a efectos de generar y adjuntar el adhesivo con código QR de referencia para su remisión al Municipio de Canelones para su intervención correspondiente.Cumplido siga a la Dirección de Contralor para control de cumplimiento de condiciones y plazos de vigencia dispuestos en la presente Resolución.
| Resolución aprobada en Acta 26/00553 el 04/09/2026. |