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VISTO: la solicitud de autorización para regularizar las obras destinadas a vivienda sita en el padrón Nº42784, con frente a la calle Guernica, entre las calles Los Girasoles y Carlota, de la localidad catastral Ciudad de la Costa, propiedad de Rodrigo Daniel Paoletti Granero, C.I. 5.918.446-5 y Valentina María Olivella Moppett, C.I. 3.117.608-0;
RESULTANDO:
I) que en actuación 6 se anexa Formulario de Solicitud de Tolerancia, donde surgen observaciones por infracciones a la Ordenanza de Edificación, solicitando en el mismo, propietario y técnico actuante, tolerancia para su autorización, asumiendo responsabilidades civiles y técnicas respectivamente, aceptando el interesado el recargo en la Contribución Inmobiliaria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de dicha Ordenanza;
II) que en función de lo actuado, la Dirección de Gestión Territorial en actuación 12 informa que corresponde confeccionar acto resolutivo para remitir los presentes obrados a la Junta Departamental solicitando anuencia para autorizar las citadas obras en carácter precario y revocable, sujeto al artículo 32 de Ordenanza de la Edificación, con tolerancias a infracciones y recargo contributivo según se indica:
Obras en infracción con afectación a terceros, con un recargo contributivo del 30% por:
a) invasión de retiro lateral en 5,63 m2, con altura 6,05 m, superior al máximo admisible reglamentariamente (altura reglamentaria en zona de retiro 3,50m).
En iguales términos, sin promover recargo contributivo:
b) contracorrientes en CI Nº2.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EN ACUERDO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN TERRITORIAL
EL INTENDENTE DE CANELONES
R E S U E L V E:
1.- SOLICITAR anuencia a la Junta Departamental para autorizar las obras destinadas a vivienda sita en el padrón Nº42784, con frente a la calle Guernica, entre las calles Los Girasoles y Carlota, de la localidad catastral Ciudad de la Costa, propiedad de Rodrigo Daniel Paoletti Granero, C.I. 5.918.446-5 y Valentina María Olivella Moppett, C.I. 3.117.608-0, solicitando anuencia para autorizar las citadas obras en carácter precario y revocable, sujeto al artículo 32 de Ordenanza de la Edificación, con tolerancias a infracciones y recargo contributivo según se indica:
Obras en infracción con afectación a terceros, con un recargo contributivo del 30% por:
a) invasión de retiro lateral en 5,63 m2, con altura 6,05 m, superior al máximo admisible reglamentariamente (altura reglamentaria en zona de retiro 3,50m).
En iguales términos, sin promover recargo contributivo:
b) contracorrientes en CI Nº2.
2.- POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS, incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección General de Gestión Territorial y siga al citado Órgano Legislativo Departamental para prosecución de la gestión.
Resolución aprobada en Acta 24/00570 el 20/09/2024. |
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