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VISTO: la Resolución N°275 del Concejo Municipal de Las Piedras de fecha 06 de agosto de 2024 anexada en actuación 1 del presente, mediante la cual promueve la oficialización de los caminos rurales y senda de paso allí indicados pertenecientes a la zona de “El Colorado” de la 4a. sección catastral del Departamento de Canelones;
RESULTANDO:
I) que Secretaría de Descentralización y Participación en actuación 4 toma conocimiento sin observaciones que formular;
II) que la Dirección de Caminería Rural en actuación 7 identifica los caminos a denominar;
III) que la Unidad de Cartelería y Nomenclátor en actuación 10 describe los tramos de vías de tránsito a denominar, anexa gráficos correspondientes e informa:
- los nombres propuestos no registran denominación oficial en el territorio jurisdicción del Municipio de Las Piedras, no teniendo objeciones que formular;
- respecto a las denominaciones propuestas “Artigas”, "Ariano" y “Riley”, se encuentran identificados como caminos rurales, mientras que la propuesta de denominación "Nocelli", se identifica como senda de paso, conforme a lo documentado por Dirección de Caminería Rural y Gerencia de Área Fraccionamiento;
- la presente gestión se enmarca en el modelo de “Protocolo de Gestión de Nomenclátor”, aprobado por Resolución 22/02244 de fecha 25 de marzo de 2022 con el objetivo de normalizar las gestiones relacionadas al nomenclátor departamental;
IV) que el Municipio de Las Piedras en actuación 11 informa que cuenta con financiamiento para llevar adelante el proyecto de nomenclátor solicitado al momento de ejecutar su instalación;
V) que en función de lo actuado, la Unidad de Cartelería y Nomenclátor en actuación 12 informa que corresponde confeccionar acto resolutivo solicitando anuencia a la Junta Departamental para denominar caminos rurales y senda de paso de uso público de la zona de “El Colorado” de la 4a. sección catastral del Departamento de Canelones, según se indica a continuación y gráficos correspondientes:
“ARTIGAS” camino a denominar, identificado por la Dirección General de Obras como "UYCA 243- ex 148b", comprendido entre la Ruta N° 48 hasta el final de su trazado en padrón rural N° 4784 (arroyo El Colorado), lindando al noroeste con los padrones rurales Nos. 63924, 63925, 63922, 4887, 49006, 22317, 60203 y 4736, al sureste con los padrones rurales Nos. 7703, 18799, 18802, 18801, 61851, 12612, 12898 y 4784.
“ARIANO” camino a denominar, identificado por la Dirección General de Obras como "UYCA 299- ex 150b", comprendido entre la Ruta N° 48 hasta el final de su trazado en padrón rural N° 12054 (arroyo El Colorado), lindando al noroeste con los padrones rurales Nos. 62788, 62787, 62786, 62789, 63578, 63577, 63576, 4731 y 13560, al sureste con los padrones rurales Nos. 4897, 40433, 4874, 4875, 4880, 4879, 4731 y 13560.
“RILEY” camino a denominar, identificado por la Dirección General de Obras como "UYCA 407- ex 149b", comprendido entre la Ruta N° 48 hasta el final de su trazado en padrón rural N° 64515 (arroyo El Colorado), lindando al oeste con los padrones rurales Nos. 48048, 47713, 4687, 40953, 40952, 47115, 47114, 49573 y 47767, al este con los padrones rurales Nos. 49250, 4687, 63854 y 4687.
“NOCELLI” senda de paso a denominar, identificado por la Dirección General de Obras como "UYCA 315- ex 150a", comprendido entre la Ruta N° 48 hasta el final de su trazado en padrón rural N° 42073 (arroyo El Colorado), lindando al noroeste con los padrones rurales Nos. 13553, 61021, 61022, 13555, 13556, 4727, 13557, 13558 y 13559, al sureste con los padrones rurales Nos. 64651, 64652, 64653, 64654, 64655 y 64656.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal Nº9515 de fecha 28 de octubre de 1935 y a la Resolución N°22/02244 de fecha 25 de marzo de 2022 “Protocolo de Gestión de Nomenclátor”;
EN ACUERDO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN TERRITORIAL
EL INTENDENTE DE CANELONES
R E S U E L V E:
1.- SOLICITAR anuencia a la Junta Departamental para denominar caminos rurales y senda de paso de uso público de la zona de “El Colorado” de la 4a. sección catastral del Departamento de Canelones, según se indica a continuación y gráficos correspondientes anexados en actuación 10 del presente:
“ARTIGAS” camino a denominar, identificado por la Dirección General de Obras como "UYCA 243- ex 148b", comprendido entre la Ruta N° 48 hasta el final de su trazado en padrón rural N° 4784 (arroyo El Colorado), lindando al noroeste con los padrones rurales Nos. 63924, 63925, 63922, 4887, 49006, 22317, 60203 y 4736, al sureste con los padrones rurales Nos. 7703, 18799, 18802, 18801, 61851, 12612, 12898 y 4784.
“ARIANO” camino a denominar, identificado por la Dirección General de Obras como "UYCA 299- ex 150b", comprendido entre la Ruta N° 48 hasta el final de su trazado en padrón rural N° 12054 (arroyo El Colorado), lindando al noroeste con los padrones rurales Nos. 62788, 62787, 62786, 62789, 63578, 63577, 63576, 4731 y 13560, al sureste con los padrones rurales Nos. 4897, 40433, 4874, 4875, 4880, 4879, 4731 y 13560.
“RILEY” camino a denominar, identificado por la Dirección General de Obras como "UYCA 407- ex 149b", comprendido entre la Ruta N° 48 hasta el final de su trazado en padrón rural N° 64515 (arroyo El Colorado), lindando al oeste con los padrones rurales Nos. 48048, 47713, 4687, 40953, 40952, 47115, 47114, 49573 y 47767, al este con los padrones rurales Nos. 49250, 4687, 63854 y 4687.
“NOCELLI” senda de paso a denominar, identificado por la Dirección General de Obras como "UYCA 315- ex 150a", comprendido entre la Ruta N° 48 hasta el final de su trazado en padrón rural N° 42073 (arroyo El Colorado), lindando al noroeste con los padrones rurales Nos. 13553, 61021, 61022, 13555, 13556, 4727, 13557, 13558 y 13559, al sureste con los padrones rurales Nos. 64651, 64652, 64653, 64654, 64655 y 64656.
2.- POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS, incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección General de Gestión Territorial y siga al citado Órgano Legislativo Departamental para prosecución de la gestión.
Resolución aprobada en Acta 24/00570 el 20/09/2024. |
Firmado electrónicamente por Luis Marcelo Metediera |
Firmado electrónicamente por Francisco Legnani |
Firmado electrónicamente por Sergio Ashfield |
Firmado electrónicamente por Maria Eugenia Gonzalez |