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VISTO: la solicitud de Habilitación de Funcionamiento Tipo B promovida por la firma ALLIANCE URUGUAY S.R.L., RUT.217622370011, para el local destinado a INDUSTRIA DE PRODUCCIÓN DE CLORO, SODA CÁUSTICA Y OTROS DERIVADOS en el padrón Nº9702/D2, con frente a ruta 8 By Pass Pando – Parque Industrial de Pando, de la localidad catastral de Pando;
RESULTANDO:
I) que la Unidad de Activación de la Empresa de Pando en actuación 1 informa que de acuerdo a la Normativa de Habilitación de Funcionamiento la presente gestión se identificó como Tipo B, migrándose al presente el expediente 2017-81-1360-00793 de Habilitación Comercial;
II) que en actuación 1 se anexa constancia de la Dirección Nacional de Bomberos, donde surge que el citado local se encuentra habilitado hasta el 31 de enero de 2026;
III) que la Unidad de Activación de la Empresa de Pando en actuación 27, informa que la presente se encuentra en condiciones de otorgar la habilitación de funcionamiento, en carácter precario, revocable y provisorio, al amparo del artículo 16 de la Reglamentación de Habilitación de Funcionamiento, Resolución Nº20/07260, por el plazo de dos años (2), sujeta a la presentación de los planos habilitados de las construcciones e instalaciones sanitarias y a la vigencia de la documentación complementaria;
CONSIDERANDO: que la habilitación tendrá una validez por dos años (2), sujeta a la presentación de los planos habilitados de las construcciones e instalaciones sanitarias y a la vigencia de la documentación complementaria, según la normativa vigente y será con carácter precario, revocable y provisorio, sin derecho a indemnización alguna, quedando el establecimiento en cuestión sometido al estricto cumplimiento de lo establecido en las normas nacionales y/o departamentales vigentes y sus modificativas y concordantes;
ATENTO: a lo expuesto;
EN ACUERDO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN TERRITORIAL
EL INTENDENTE DE CANELONES
R E S U E L V E:
1.- OTORGAR Habilitación de Funcionamiento Tipo B provisoria para el local destinado a INDUSTRIA DE PRODUCCIÓN DE CLORO, SODA CÁUSTICA Y OTROS DERIVADOS, cuyo titular es la firma ALLIANCE URUGUAY S.R.L., RUT.217622370011, sito en el bien descrito en el proemio de la presente Resolución.
2.- CONCEDER dicha habilitación de funcionamiento, en carácter precario, revocable y provisorio, sin derecho a indemnización de especie o clase alguna, dos años (2), sujeta a la presentación de los planos habilitados de las construcciones e instalaciones sanitarias y a la vigencia de la documentación complementaria.
3.- SUPEDITAR la vigencia del acto de habilitación a la renovación de documentación que pudiere caducar en el período de habilitación.
4.- POR UNIDAD DE ACTIVACIÓN DE LA EMPRESA DE PANDO, se deberá:
a) notificar al titular del citado local o quien lo represente legalmente y al técnico patrocinante del contenido de la presente Resolución;
b) hacer entrega de copia de la misma, carpeta de planos y adhesivo con código QR dejando expresa constancia;
c) mantener en reserva para el control y cumplimiento de condiciones y plazos de vigencia.
5.- POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS, incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección General de Gestión Territorial, Dirección de Contralor, al Municipio de Pando, a la Administración del Parque Industrial de Pando y siga a la Unidad de Activación de la Empresa (Bandeja 1360 Habilitación de Funcionamiento Tipo B) para prosecución de la gestión.
Resolución aprobada en Acta 24/00595 el 04/10/2024. |
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