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VISTO: la solicitud de Habilitación de Funcionamiento promovida por la firma HERNANDEZ VIERA SOFIA DEL PILAR Y MARTIRENA LARMINI JONATHAN SEBASTIAN RUT 150900970011, sito en Padrón N° 6984 en Auxiliar Ruta Interbalnearia entre calle 20 y 22, Parque del Plata , GIRO RESTAURANTE
RESULTANDO:
I) que el interesado ha cumplido con las formalidades de presentación instituida y documentación requerida para Habilitación de Funcionamiento Tipo A; cumpliendo además con los requisitos establecidos por el Decreto 14/016 de Junta Departamental y Decreto Nº 72/2013.
II) que de acuerdo a lo actuado e informado por la Gerencia de Sector Contralor en actuación 4 ,la actividad en dicho local se encuentra en condiciones de otorgar la Habilitación de Funcionamiento solicitada, en los términos, condiciones y plazo que se indican a continuación:
Firma: HERNANDEZ VIERA SOFIA DEL PILAR Y MARTIRENA LARMINI JONATHAN SEBASTIAN
RUT: 150900970011
Cat.: II Giro (restaurante)
Dirección: Ruta Gral. Liber Seregni entre calle 20 y calle 22, Padrón N° 6984 de Parque del Plata.
Será de caracter personal, precario, incedible y revocable, vigente por 4 años, a partir de la fecha de otorgamiento de la Resolución de dicha Habilitación.
III) que en función de lo expuesto corresponde confeccionar el acto resolutivo pertinente;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el Decreto Nº11/2020 de fecha 08/09/2020 de la Junta Departamental, Resolución Nº20/05516 de fecha 25/09/2020 y su Reglamentación dispuesta por Resolución Nº20/07260 de fecha 11/12/2020.
LA ALCALDESA DEL MUNICIPIO DE PARQUE DEL PLATA Y LAS TOSCAS
R E S U E L V E:
1.- CONCEDER Habilitación de Funcionamiento Tipo A al local comercial cuyo titular es la firma HERNANDEZ VIERA SOFIA DEL PILAR Y MARTIRENA LARMINI JONATHAN SEBASTIAN RUT 150900970011,sito en Padrón N° 6984 en Auxiliar Ruta Interbalnearia entre calle 20 y 22, Parque del Plata , GIRO RESTAURANTE , sito en el bien descrito en el proemio de la presente Resolución.
2.- OTORGAR dicha Habilitación de Funcionamiento, en carácter personal, precario, incedible y revocable en cualquier momento y sin derecho a indemnización de especie o clase alguna, por el plazo de cuatro (4) años a partir de la fecha de la presente Resolución.
3.- SUPEDITAR la vigencia del acto de habilitación a la renovación de documentación que pudiere caducar en el período de habilitación y al cumplimiento de establecido en el Resultando II) de la presente.
4.- POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS, incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección General de Gestión Territorial, Dirección de Contralor y al Municipio de Atlántida . Posteriormente, siga a la correspondiente UAE a efectos de generar y adjuntar el adhesivo con código QR de referencia para su remisión al Municipio de Atlántidapara su intervención correspondiente. Cumplido, siga a la Gerencia de la Dirección de Contralor, para control de cumplimiento de condiciones y plazos de vigencia dispuestos en la presente Resolución.
| Resolución aprobada en Acta 26/00537 el 04/09/2026. |