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VISTO: la solicitud de Habilitación de Funcionamiento Tipo B promovida por la firma COSTA URBANA SA, RUT 215405910011, para la actividad destinada a SHOPPING CENTER en los padrones Nros. 775, 776, 1.212, 1.175, 36.425, 36.466, 36.479, 36.480 y 38.433 al 38.441 de la localidad catastral Ciudad de la Costa;
RESULTANDO:
I) que la Unidad de Activación de la Empresa de Ciudad de la Costa en actuación 1 informa que de acuerdo a la normativa de habilitación de funcionamiento se identificó como Tipo B migrándose al presente los expedientes 2011-81-1330-02365 y 2018-81-1330-00635 de Habilitación Comercial;
II) que en actuación 65 se anexa certificado de la Dirección Nacional de Bomberos, donde consta que el citado local se encuentra habilitado hasta el 14 de agosto de 2029;
III) que la Unidad antes citada en actuación 65 informa que con documentación vigente, la presente se encuentra en condiciones de otorgar la Habilitación de Funcionamiento solicitada, en carácter personal, precario y revocable al amparo de la Ordenanza de Habilitación de Funcionamiento, Decreto 11/2020, Resolución Nº 20/05516 y su Reglamentación Resolución N° 20/07260, por el plazo de cuatro años, sujeta a la vigencia de la documentación complementaria;
IV) que es necesario confeccionar el acto resolutivo pertinente;
CONSIDERANDO: que la habilitación tendrá una validez por el plazo de cuatro años, sujeta a la vigencia de la documentación complementaria según la normativa vigente y será en carácter personal, precario y revocable sin derecho a indemnización alguna, quedando el establecimiento en cuestión sometido al estricto cumplimiento de lo establecido en las normas nacionales y/o departamentales vigentes y sus modificativas y concordantes.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EN ACUERDO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN TERRITORIAL
EL INTENDENTE DE CANELONES
RESUELVE:
1.- OTORGAR Habilitación de Funcionamiento Tipo B a la firma COSTA URBANA SA, RUT 215405910011, para la actividad destinada a SHOPPING CENTER, sito en el bien descrito en el proemio de la presente Resolución.
2.- CONCEDER dicha habilitación de funcionamiento en carácter personal, precario y revocable, sin derecho a indemnización de especie o clase alguna, por el plazo de cuatro años, sujeta a la vigencia de la documentación complementaria.
3.- SUPEDITAR la vigencia del acto de habilitación a la renovación de documentación que pudiere caducar en el período de habilitación.
4.- DISPONER por parte de la Unidad de Activación de la Empresa de Ciudad de la Costa:
a) notificar al titular del citado local o quien lo represente legalmente y al técnico patrocinante del contenido de la presente Resolución.
b) hacer entrega de copia de la misma, carpeta de planos y adhesivo con código QR dejando expresa constancia.
c) mantener en reserva para el control y cumplimiento de condiciones y plazos de vigencia.
5.- POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS, incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección General de Planificación y Gestión Territorial, Dirección de Contralor, al Municipio de Ciudad de la Costa y siga a la Unidad de Activación de la Empresa (Bandeja 1330 Habilitación de Funcionamiento Tipo B) para prosecución de la gestión.
| Resolución aprobada en Acta 26/00545 el 04/09/2026. |